PROTECCIÓN TEMPORAL A LAS PERSONAS AFECTADAS POR EL CONFLICTO DE UCRANIA

Tras el inicio del conflicto bélico en Ucrania, tanto la Unión Europea como España han aprobado normas específicas para la protección temporal de las personas que se hayan visto afectadas por el conflicto en Ucrania, en el marco de la normativa española y comunitaria ya existente en materia de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas.

PERSONAS A LAS QUE SE LES APLICA EL RÉGIMEN DE PROTECCIÓN TEMPORAL

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE PROTECCIÓN TEMPORAL

NORMATIVA APLICABLE

  1. NORMATIVA ESPECÍFICA PARA EL CONFLICTO DE UCRANIA
  1. Orden PCM/169/2022, de 9 de marzo, por la que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.
    1. Orden PCM/170/2022, de 9 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2022, por el que se amplía la protección temporal otorgada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022 a personas afectadas por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar refugio en España.
    1. Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022 por la que se constata la existencia de una afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania en el sentido del artículo 5 de la Directiva 2001/55/CE y con el efecto de que se inicie la protección temporal.
  1. Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas.

Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida.