6/2022 Herramienta de valoración de puestos de trabajo

NORMATIVA APLICABLE

  • Artículo 28 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  • Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • Artículos 4,6,8 y 9 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.


El día 13 de abril de 2022 ha sido publicada en la página web del Ministerio de Trabajo y Economía Social la herramienta, en formato Excel, para la valoración de los puestos de trabajo. La valoración de puestos de trabajo permite otorgar un valor numérico a cada puesto de trabajo con el fin de detectar los trabajos de igual valor en la empresa y así permitir una correcta correlación entre el trabajo realizado y remuneración percibida, ayudando a eliminar las discriminaciones salariales que pudieran existir. La herramienta ha sido desarrollada y acordada en el seno de una mesa de diálogo social, con participación de organizaciones sindicales y empresariales

HERRAMIENTA DE VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
o FINALIDAD Y UTILIDADES

  • FINALIDAD Y UTILIDADES
    • Ayudar con la obligación de realizar la evaluación de los puestos de trabajo en la elaboración de la auditoría retributiva (incluida en los planes de igualdad, sólo para las empresas de 50 o más personas trabajadoras).
    • Ayudar a cumplir con la obligación de elaborar, conforme a la valoración depuestos de trabajo, el registro retributivo de las empresas que deban realizar auditoría retributiva.
    • En general, ayudar a todas las empresas en el cumplimiento del principio de igual retribución por trabajo de igual valor (obligación para TODAS las empresas).
    • La herramienta permitirá detectar diferencias retributivas en la empresa que puedan ser discriminatorias y corregir la política retributiva de la empresa

ELEMENTOS DEL PROCEDIMIENTO DE VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

Se dividen en 5 elementos:

  • Categorías de factores de valoración
    • Naturaleza de las funciones o tareas: son las que aluden al contenido esencial de la relación laboral.
    • Condiciones educativas: aquellas que se correspondan con cualificaciones regladas.
    • Condiciones profesionales y de formación: son las que acreditan la cualificación de la persona para el desempeño de un puesto.
    • Condiciones laborales y factores estrictamente relacionados con el desempeño: se incluyen otros elementos distintos a los anteriores y que puedan ser relevantes para el desempeño de la actividad.
  • Factores y subfactores de valoración: Son los elementos en los que se desagrega la clasificación anterior. Se incluye un factor denominado «otros» cuyo uso es opcional en función de si la empresa lo necesitase. A modo de ejemplo, estos son los factores y subfactores que se incluyen acorde a las categorías mencionadas en el apartado anterior:
    • Naturaleza de las funciones o tareas: funciones polivalentes; esfuerzo físico, mental y emocional; la responsabilidad (ya sea de organización, coordinación o supervisión) o la autonomía respecto al seguimiento de las instrucciones y directrices recibidas.
    • Condiciones educativas: grado educativo reglado requerido para el puesto (graduado escolar, bachillerato, FP, grado universitario, etc.).
    • Condiciones profesionales y de formación: en este apartado se tiene en cuenta los diversos conocimientos que pueda tener el trabajador (competencias digitales, idiomas extranjeros o experiencia); aptitudes para el trabajo (destreza o minuciosidad) o habilidades sociales.
    • Condiciones laborales y factores estrictamente relacionados con el desempeño: el entorno del trabajo (exposición a riesgos) o condiciones organizativas (horarios, vacaciones, desplazamientos, viajes).
  • Niveles: a su vez, cada factor o subfactor (con la excepción del factor «otros»), se completa con una escala de niveles predeterminada que permite medir la intensidad.
  • Ponderación de los factores y subfactores de valoración: La herramienta, elaborada sobre un total de 1000 puntos, otorga de forma predeterminada y automática un peso o valor relativo a cada factor y subfactor de valoración.
  • Puntuación de los puestos de trabajo: una vez completada la valoración y habiendo puntuado cada puesto mediante la selección de un nivel de concurrencia factores y subfactores, la herramienta calculará su puntuación total. A continuación, la herramienta agrupará los puestos de trabajo de igual valor.

ANEXO: PONDERACIÓN DE FACTORES

  • La guía incluye en un anexo final una tabla en la que se ponderan los distintos factores y subfactores con el propósito de eliminar estereotipos de género y neutralizar la tradicional infravaloración de las cualidades que socialmente se consideran femeninas.

Si desea ampliar información, puede acceder a los siguientes textos normativos y enlaces:

  • Enlace a la herramienta de valoración de puestos de trabajo y su guía de uso, pinchando aquí.
  • Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, clicando aquí.
  • Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, pinchando aquí.
  • Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, pinchando aquí.