ERE o ERTE. ¿Por si acaso?

La Audiencia Nacional en sentencia de 16 de Mayo de 2014 ha declarado injustificados los despidos planteados por una empresa para los años 2015 y 2016 porque dichos despidos carecen de cusa actual, por lo que a día de hoy no tienen justificación al basarse en previsiones imposibles de contrastar. ¿Que está ocurriendo en nuestro mercado laboral?

España se abre a ciudadanos de terceros países no comunitarios

La sección II de esta legislación, que cumplirá un año de vigencia en apenas dos meses, expone cómo obtener el permiso de residencia para aquellos extranjeros de fuera de la Unión Europea. Solo para unos colectivos específicos y siempre que cumplan unos requisitos imprescindibles.

La Auditoria Juridico-Laboral: Herramienta básica para la empresa

La auditoria laboral hoy en día se constituye como la principal herramienta para realizar mediante una serie de métodos de investigación y un profundo análisis del cumplimiento de las obligaciones legales-laborales y de Seguridad Social, una evaluación profunda de la gestión efectuada en la propia empresa.

¿Qué tiene de cierto la tarifa plana de 100€?

Una vez más siguen legislando por la puerta de atrás. El anuncio de la cotización de 100€ no recoge que el empresario además ha de cotizar por el resto de contingencias tales como desempleo, FOGASA, formación profesional y accidentes, lo que supone un incremento de aproximadamente un 14,35% (incluyendo la aportación del trabajador).

Legislar de manera subliminal (I)

Podémos también hablar de «legislar por la puerta de atrás» ya que aunque el real decreto legislativo 16/2013 se aprobó el pasado día 21 de diciembre de 2013, no es hasta el31 de enero del presente año cuando nos empezamos a dar cuenta de la gran subida en las cotizaciones a la Seguridad Social.

ERTE: ¿qué es? ¿qué ventajas supone a la empresa?

Un ERTE es un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, donde lo que se plantea es la suspensión o reducción temporal de la jornada de trabajo por el tiempo necesario para superar una situación negativa de la empresa, pero sin que se produzca la extinción de los contratos de trabajo.

Ahora se puede compatibilizar trabajo y pensión

La nueva modalidad de jubilación : La JUBILACIÓN ACTIVA consiste, en términos generales, en percibir el 50% de la pensión (excluido en su caso el complemento por mínimos) y continuar trabajando ya sea a media jornada, a jornada completa y ya sea como trabajador por cuenta propia como por cuenta ajena.