Tener una buena base de cotización no solo es importante para la jubilación, la mayoría de los autónomos piensan que tener una base de cotización alta solo es necesario de cara a la jubilación, por eso, solo se preocupan de subirla cuando se van acercando a los 47 años, que es la edad límite para poder elegir cualquier base de cotización hasta la base máxima, que para este año es de 3.642,00 €.

Pero, ¿se es consciente de que existen otros motivos por los que es importante para el trabajador autónomo tener una base de cotización que le permita en determinadas circunstancias poder tener acceso a unas buenas prestaciones económicas?

Cuando se encuentran en situación de Incapacidad Temporal por enfermedad, Maternidad, Paternidad, no es lo mismo cobrar el 60% y 75% en I.T. ó 100% en caso de maternidad y paternidad, sobre una base de cotización de 893,10 € (mínima para 2016) que sobre una base de 3.642,00 € (máxima para 2016).

Si se encuentran que no pueden volver a trabajar y tienen una pensión por Incapacidad Permanente, el importe de la misma dependerá de las cotizaciones que se hayan realizado en los últimos 8 años y esto puede suceder en cualquier edad laboral.

Lo mismo ocurre si por una desgracia el autónomo fallece, ¿en qué situación quedan l@s viud@s y los hij@s?

Las pensiones de viudedad y orfandad también se calculan en función de las cotizaciones que haya efectuado el trabajador autónomo, en este caso teniendo en cuenta las base de cotización del mejor año cotizado dentro de los últimos 15 años.

¿Son conscientes los empresarios autónomos que tienen empleados que posiblemente éstos tengan su base de cotización superior a la suya propia y consiguientemente con muchas mejores prestaciones?

Considerémonos el peor empleado de la empresa e invirtamos en nosotros lo que abonamos de seguridad social por dicho empleado.

Por otro lado, si en el régimen fiscal que tengamos computan los gastos, ese mayor gasto en cuotas de seguridad social de autónomos baja el beneficio y por tanto la factura fiscal baja. (Siempre vale más gastar en mi seguridad social que dar beneficios “en el primer caso me beneficia directamente, en el segundo caso la Administración lo puede dedicar a carreteras”)

Bien es cierto que las circunstancias económicas tienen mucho que ver con que se pueda o no tener una base de cotización que le permitan en cualquier circunstancia poder tener prestaciones económicas o pensiones mejores, pero si se puede, es aconsejable hacer un esfuerzo.

Existen dos plazos dentro del año para poder solicitar el cambio de base de cotización, el primero antes del día de 30 de abril y que será con efectos 1 de julio, y el segundo plazo antes del día 31 de octubre y que será con efectos 1 de enero del año siguiente.[pb_builder]

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