Con motivo de las irregularidades detectadas en materia de contratación, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha iniciado un plan de choque contra la contratación temporal fraudulenta. La finalidad de este citado plan es la regularización de dichos contratos, toda vez que, de conformidad con la normativa reguladora de la contratación temporal, transcurridos estos plazos los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de empresa.

Pero con independencia del cumplimiento de los plazos máximos de duración temporal, hemos de estar atentos también al objeto indicado en el contrato como causa de temporalidad para que esta sea siempre fiel reflejo de la realidad, es decir, que exista una causa real TEMPORAL que lo justifique y que los trabajos que realiza el operario sean acordes a dicha causa.

En este sentido la Inspección de Trabajo y Seguridad Social está enviando cartas informativas a aquellas empresas con contratos temporales que han cumplido con el tiempo máximo establecido, o están a punto de cumplirlo, y en el caso de no regularizarse esta situación, serán objeto de la correspondiente actuación inspectora con las posibles repercusiones tanto a nivel de sanciones, como la no aplicación de bonificaciones en futuras contrataciones.

Por último, recordar una vez más, que el incumplimiento empresarial relativo a la transgresión de la normativa sobre contratación temporal está tipificado como infracción grave con sanciones en grado mínimo de 626 a 1.250 euros, en su grado medio de 1.251 a 3.125 euros; y en su grado máximo de 3.126 a 6.250 euros, por cada contrato.[pb_builder]