Los Autónomos también obligados a usar los “medios electrónicos” para realizar sus trámites y comunicaciones con la seguridad social.

Según la Orden ESS/214/2018 de 01 de Marzo, por la que se modifica la Orden ESS/484/2013 regulación del Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social (Sistema RED), todos los Autónomos, a partir del 01-10-2018, están OBLIGADOS a:

1. Incorporarse al Sistema RED para realizar los trámites de afiliación, cotización y recaudación con la Seguridad Social, de manera telemática. Estos trámites son, entre otros:

Para cumplir con ésta obligación el autónomo puede optar por acogerse a éste sistema y gestionar sus trámites de dos formas:

– Un certificado digital.
– DNI electrónico, para lo que necesita disponer de un lector instalado en su ordenador.
– El Sistema Cl@ve PIN, mediante un nombre de usuario y una contraseña.

2. Incorporarse al Sistema de Notificación electrónica (NOTESS), es decir, también están obligados a recibir toda comunicación y notificación entre la Seguridad Social y los Autónomos por medios electrónicos.

En resumen, los autónomos tienen que realizar las gestiones y recibir mensajes de la Seguridad Social de forma telemática, por imperativo, quedando limitadas sus facultades ya que obligatoriamente las relaciones tienen que ser telemáticas.[pb_builder]