Caso de éxito de ASESORÍA LABYFIS

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias estima el recurso de suplicación interpuesto por ASESORÍA LABYFIS y revoca la indemnización por despido improcedente impuesta a la empresa, por importe de 28.000,00 euros, y declara que la extinción del contrato de trabajo por jubilación de un comunero, con una indemnización de un mes de salario, es PROCEDENTE.

La comunidad de bienes estaba conformada por dos comuneros. Uno de ellos había sido declarado años atrás en situación de Incapacidad Permanente Total para el desempeño de la actividad como autónomo, pero había compatibilizado su situación de Incapacidad Permanente con su situación de alta como comunera, sin prestación de trabajo. Cuando el otro comunero accedió a la jubilación, al llegar a la edad ordinaria, ambos deciden el cese por completo de la actividad de la comunidad de bienes y la consiguiente extinción del contrato de trabajo de la demandante, por jubilación.

La trabajadora afectada interpuso demanda por DESPIDO IMPROCEDENTE, y el juzgado de lo social dictó sentencia por la que se condenó a la empresa a abonar a la trabajadora la cantidad de 28.000,00 euros, por despido improcedente, al entender que la jubilación por edad de uno de los comuneros no impedía que el otro comunero continuase compatibilizando su situación de alta en la comunidad de bienes con su incapacidad permanente total.

Recurrida la sentencia,  el Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha estimado el recurso formulado por ASESORÍA LABYFIS, revocando la sentencia de instancia y ABSOLVIENDO A LA EMPRESA DEL PAGO DE LA CITADA INDEMNIZACIÓN, considerando que tanto la jubilación de un comunero como la situación de Incapacidad Permanente del otro comunero, son causas válidas para la extinción del contrato de trabajo, conforme a lo prevenido en el artículo 49.1.g) del Estatuto de los Trabajadores.

Otro caso de éxito del departamento jurídico de ASESORÍA LABYFIS.