Ley Trans: Protocolo de actuación para empresas de más de 50 trabadores

La nueva Ley trans fija obligaciones en el ámbito empresarial, principalmente para las empresas de más de 50 personas trabajadoras, además de establecer un régimen sancionador

La Ley 4/2023 establece la obligación, para las empresas de más de 50 trabajadores, de contar con un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. El plazo para poner en marcha estas medidas, que deberán ser pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras, finaliza el 2 de marzo de 2024

Además, las personas empleadoras deberán adoptar métodos suficientes para prevenir y detectar situaciones de discriminación por razón de expresión de género, y las cláusulas que vulneren el derecho a la no discriminación serán consideradas como nulas.

Por su parte, en el ámbito educativo, los menores de edad que hayan obtenido el cambio registral de su sexo tendrán derecho a ser tratados de acuerdo a su identidad en todas las actividades educativas. 

Asimismo, se establece un régimen sancionador para castigar aquellas infracciones en materia de igualdad de trato y no discriminación, que incluyen multas de hasta 150.000 euros y otras sanciones accesorias. Entre estas medidas accesorias, en el caso de ser graves o muy graves, pueden ser: 

  • Prohibición de contratar con la Administración.
  • Prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública por un período de hasta 3 años.
  • Cierre del establecimiento en que se haya producido la discriminación por un período máximo de 3 años.
  • Cancelación o suspensión, total o parcial, de subvenciones que la persona sancionada tuviera reconocidas o hubiera solicitado

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