El régimen de empleadas de hogar es quizás tan desconocido como poco valorado.

En muchas ocasiones, seguramente, han escuchado a personas que tienen trabajadores en su casa para las tareas domésticas sin dar de alta en la Seguridad Social, y por lo que se ponen excusas de todo tipo: sólo son dos horas, es muy caro o es la propia trabajadora que no quiere.

Pero vistos los gastos de cuotas a seguridad social, muchos piensan: yo le pago a ella pero me ahorro la cuota de seguridad social, en vez de pagarle la seguridad social se lo doy de más a ella. Sobra decir que es un GRAN ERROR.

Porque cuando no se da de alta a una persona como trabajadora en la Tesorería de la Seguridad Social, se está haciendo el empleador responsable de todas las contingencias que le puedan pasar en su domicilio, tanto si está en horas efectivas de trabajo como si son horas de descanso dentro del propio domicilio.

Para ver los números de los que hablamos pondré un ejemplo real: Una empleada de hogar sufre una caída limpiando los cristales, no está de alta en seguridad social, debe ser atendida en el hospital, es ingresada, es operada y está siendo valorada para una incapacidad permanente. Desde ese primer momento el empleador debe abonar todos los gastos y consecuencias de este hecho:

La suma a día de hoy es de unos 600.000€, sin que esté todavía cerrado el expediente.

Si hacemos una rápida valoración de la compensación de pagar 46,30€/mes o en el mayor de los casos 247,56€/mes contra los aproximadamente 600.000€ que se llevan a día de hoy, entendemos que el riesgo no merece la pena.

Con estos datos no se deben preocupar sino ocupar, de revisar sus situaciones, regularizarlas en cuanto les sea posible y avisar a toda aquella persona que conozca que no lo esté haciendo correctamente para poder avisarle de sus consecuencias INCALCULABLES.[pb_builder]