Aunque nos parezca algo insólito, a partir de ahora, la hora del bocadillo será más satisfactorias para las empresas que para los trabajadores. Como nos ha dicho el Tribunal Supremo en una de sus últimas sentencias, todos aquellos trabajadores que por características laborales o de acumulación de producción tengan derecho a este periodo, y no disfruten del mismo, ya no podrán computarlo como horas extraordinarias, si no, que pasará a ser un complemento salarial previamente pactado, por lo que será una retribución menor que el tiempo de trabajo extraordinario.

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