El gobierno está preparando una reforma de la Ley  del Trabajador Autónomo, con una serie de medidas que afectarán a las cotizaciones, bonificaciones, conciliación familiar, prestaciones, subsidios o compatibilidad con la pensión, entre otras.

COTIZACIÓN.

 1. COTIZAR POR EL TIEMPO EFECTIVO DE TRABAJO.

Adaptación del pago de cuotas al momento de alta y baja, de modo que el importe de la cuota se calcule por los días de trabajo efectivo del mes que corresponda
AHORA se cotiza por el mes completo independientemente de la fecha de alta o baja en la actividad.

2. FLEXIBILIDAD PARA LOS CAMBIOS DE BASE DE COTIZACION.

Se pretende que los autónomos puedan solicitar, hasta cuatro veces al año, el cambio de su base de cotización.
AHORA existen dos plazos para poder solicitar el cambio: uno antes del 01 de Mayo (efectos 01 de Julio) y el otro antes del 01 de Noviembre (efectos 01 de Enero).

3. COTIZACION INGRESOS MENORES DEL SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL.

Regulación y articulación de un sistema para que los autónomos cuyos rendimientos netos no superen el Salario Mínimo Interprofesional o una cuantía anual de 9.172 € año, en 14 pagas, no coticen por cuotas fijas, y mejorar la capacidad de elección de sus bases de cotización.
AHORA, independientemente de los ingresos que tenga, la base mínima de cotización es de 893,10€ siendo la cuota a pagar de 267,04 €/mes.

4. COTIZACION A TIEMPO PARCIAL.

Se ideará una fórmula para aquellos trabajadores autónomos que no trabajen a tiempo completo o que hacen trabajos esporádicos, coticen de forma distinta al resto. AHORA los trabajadores autónomos no tienen horario y aunque trabajen 1 día en el mes, se cotiza y se paga por el mes completo, es decir, con la base mínima de cotización de 893,10€ paga 267,04€.

5. DEUDAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL.

Ésta reforma establece un 3% de recargo por impago de las cuotas, y aquellos autónomos que soliciten un aplazamiento en el pago de sus deudas con la Seguridad Social, se tendrán en cuenta tanto las circunstancias sociales como económicas.
AHORA el tanto por ciento de recargo por impago de las cuotas es del 20%.

«Pero aun hay mucho más que explicar, así que vais a tener que esperar a la próxima semana y leer mi próximo artículo. Hasta entonces podréis seguir visitándonos.»[pb_builder]

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