Continuamos explicando la reforma de la Ley  del Trabajador Autónomo que el Gobierno está preparando, centrándonos en las Bonificaciones.

BONIFICACIONES.

1.TARIFA PLANA DE 50€.

Con la reforma aquellos autónomos que inicien su negocio, pagarán una cuota reducida de 50€ al mes  durante el primer año.

Ahora, un autónomo que inicie su actividad por primera vez o no estuviera de alta en el régimen en los últimos 5 años, y escoja como su base de cotización la mínima (893,10 € para el 2016), pagarán durante los 6 primeros meses una cuota de 50€.

2.BONIFICACION CUOTA BAJAS POR MATERNIDAD Y RIESGO DURANTE EL EMBARAZO.

Con la reforma, se bonificará la cuota de autónomos a pagar, en su totalidad, independientemente de la base de cotización que tenga, incluso en los casos que no se contrate un trabajador para sustituirla.

También tendrán incentivos económicos en los dos años posteriores a su reincorporación a su actividad después de la maternidad, equiparándose con los de las trabajadoras del régimen general.

Ahora, una autónoma sustituida durante el período de descanso maternal o riesgo durante el embarazo, venía disfrutando de una bonificación del 100% en la cuota a pagar de la base mínima de cotización (base 893.10€ siendo la cuota  bonificada de 267,04€), siempre y cuando contratara a una persona para sustituirla y durante el período del descanso o riesgo.

“Aún quedan más cosas por explicar, permanecer atentos a mi artículo final”[pb_builder]

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