La medida de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística que se adoptó en 2012 (Ley 3/2012 –disp. adic. 12ª–) y que se ha ido manteniendo en los ejercicios siguientes, también se aplica en 2018.

La Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado para el presente ejercicio, recoge en su disposición adicional 123ª la bonificación a las empresas que se encuentren en las siguientes circunstancias:

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